Micelio

Artículo 6

Los Servidores Que Ocupaban Los Empleos De Alto Consejero Presidencial, Código 1180 Y Secretario De Prensa Código 1160 En El Departamento Administrativo De La Presidencia De La República Y Accedan A Los Empleos De Consejero Presidencial, Código 1175 O Director De La Presidencia Código I O Ii Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República, Continuarán Con La Remuneración Mensual Y Demás Beneficios Salariales Y Prestacionales Que Se Les Viene Reconociendo, Hasta Que Cambien De Empleo O Se Retiren Del Servicio

Decreto 1650 de 2014 · por el cual se modifica el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los servidores que ocupaban los empleos de Alto Consejero Presidencial, Código 1180 y Secretario de Prensa Código 1160 en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y accedan a los empleos de Consejero Presidencial, Código 1175 o Director de la Presidencia código I o II del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, continuarán con la remuneración mensual y demás beneficios salariales y prestacionales que se les viene reconociendo, hasta que cambien de empleo o se retiren del servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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