El Director Regional de la Junta Administradora de Deportes tendrá las siguientes funciones
Dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos para el cumplimiento de las funciones de la Junta Administradora de Deportes, conforme a las disposiciones legales, estatutarias y a los acuerdos del Consejo Directivo. En los estatutos de cada Junta Administradora de Deportes se determinará la cuantía de los actos y contratos por encima de la cual se requerirá la aprobación del Consejo Directivo o del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte.
Nombrar y remover conforme a las disposiciones legales y estatutarias, el personal de la Junta Administradora de Deportes.
Someter a consideración del Consejo Directivo el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos y una vez aprobado por éste, enviarlo a la aprobación del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte.
Presentar al Consejo Directivo de la Junta, los acuerdos de obligaciones, los mensuales de gastos y los balances y remitirlos al Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte. Igualmente, deberá enviar al Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte los informes sobre la marcha general de la entidad así como los demás documentos que por reglamentación determine aquél.
Elaborar y ejecutar los planes y programas de desarrollo de la educación física, el deporte y la recreación deportiva y someterlos a la aprobación del Consejo Directivo en un todo de acuerdo con las políticas del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, los cuales deberán enviarse a este último para su aprobación definitiva.
Establecer y administrar los sistemas de integración y prestación de servicios a nivel regional.
Aprobar los planes y programas de las entidades de deportes reconocidas por la Junta Administradora.
Ejercer la supervisión y control de las organizaciones del deporte asociado y demás organismos reconocidos por la Junta Administradora.
Asistir a las reuniones de los organismos en los cuales deba participar, o nombrar sus representantes en las mismas.
Delegar alguna o algunas de sus funciones en el personal de la entidad, de conformidad con sus estatutos.
Las demás que le señalen los estatutos, el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte y las que refiriéndose a la marcha de la Junta Administradora de Deportes, no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.