Micelio

Artículo 3

Las Partidas Liquidadas En Los Artículos Presupuestales Mencionados, Serán Giradas En El Curso Del Año Y Dentro De La Ejecución Legal Del Presupuesto, Al Tesorero General De La Intendencia Del Chocó, Mediante Los Requisitos Que Señale La Contraloría General De La República

Decreto 774 de 1940 · Por el cual se delega la construcción y administración de unas obras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las partidas liquidadas en los artículos presupuestales mencionados, serán giradas en el curso del año y dentro de la ejecución legal del Presupuesto, al Tesorero General de la Intendencia del Chocó, mediante los requisitos que señale la Contraloría General de la República. Dicho funcionario rendirá las cuentas respectivas a la Auditoría de Instituciones de Utilidad Común.

Parágrafo

En la forma indicada se procederá con las partidas que para estas obras se asignen en los Presupuestos futuros, o con las que se destinen por los traslados y créditos para el mismo fin.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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