Micelio

Artículo 15

Los Odontólogos, Farmaceutas, Dactilóscopos Y Agrónomos Requieren Título Expedido Por Facultades Oficiales O Privadas

Decreto 966 de 1937 · Por el cual se clasifica el personal de los establecimientos de prevención y pena de la República, se adopta el sistema de selección y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Odontólogos, Farmaceutas, Dactilóscopos y Agrónomos requieren título expedido por Facultades oficiales o privadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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