La División De Impuestos Nacionales Tendrá Como Objetivos Generales La Liquidación, Administración Del Recaudo Y El Control Interno De Los Impuestos Nacionales, Con Excepción De Los Relacionados Con La Importación Y La Exportación
Decreto 1715 de 1960 · Por el cual se reorganiza la división de impuestos nacionales y se determinan sus funciones
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° La División de Impuestos Nacionales tendrá como objetivos generales la liquidación, administración del recaudo y el control interno de los impuestos nacionales, con excepción de los relacionados con la importación y la exportación.
Parágrafo
De igual modo corresponde a la División de Impuestos (sic) Nacionales la aplicación e interpretación administrativa de las normas tributarias, así como también la realización de las investigaciones conducentes a evitar la evasión de los impuestos que le corresponde recaudar. CAPÍTULO SEGUNDO 2° - Organización central.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.