Micelio

Artículo 4

Ley 34 de 1947 · Por la cual se abren unos créditos del Presupuesto vigente y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

(Transitorio). Prorrógase hasta la media noche del día veinticinco (25) de diciembre del corriente año, el término fijado en el artículo 47 de la Ley 46 de 1931 para la sanción del Presupuesto de Rentas y Ley de Apropiaciones para el periodo fiscal de 1° enero a 31 de diciembre de 1948.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 34 de 1947