Micelio

Artículo 3

Decreto 387 de 1878 · Que reforma el de 26 de abril del presente año número 115

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° Las nuevas oficinas telegráficas que se establezcan, dependerán, en lo jeneral, de las Administraciones principales de Hacienda más inmediatas, miéntras no se disponga otra cosa por el Poder Ejecutivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 387 de 1878