º . El Artículo 4º del Decreto 1780 de 2003 quedará así: "El Premio Colombiano a la Innovación Tecnológica Empresarial para las Mipymes es un programa integral de apoyo a las Mipymes innovadoras, universidades en alianza con estas, establecidas en Colombia, y a las Mipymes extranjeras que concursen y estén en el marco de un convenio de cooperación tecnológica internacional, suscrito por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y/o demás entidades u organismos de la Rama Ejecutiva del poder público del orden nacional, en el que se aborde este tema con carácter recíproco. El Premio comprende los siguientes beneficios para las ganadoras
Condecoraciones.
Reconocimiento Público a través de medios de comunicación. Las empresas podrán utilizar esta distinción, con indicación del año en que fue otorgado el Premio.
Apoyo para que representen al país en eventos y ferias internacionales y/o nacionales sobre innovación y/o desarrollo tecnológico.
Apoyo para recibir asistencia técnica nacional y/o internacional, encaminada a fortalecer su gestión estratégica, operativa, tecnológica, comercial o técnica, que facilite su inserción exitosa y posicionamiento en los mercados nacionales e internacionales.
Apoyo para capacitación especializada, buscando con ello el fortalecimiento de las capacidades competitivas y en general del talento humano de las empresas.
Apoyo para realizar procesos de patentamiento en el ámbito nacional y/o internacional.
Apoyo para la realización de proyectos estratégicos comerciales y/o de gestión empresarial y/o tecnológica, que contribuyan a un mayor posicionamiento del producto o servicio en los mercados nacionales y/o internacionales.
Se pueden otorgar menciones especiales para aquellas empresas que sin ganar merecen un estímulo por los logros alcanzados. Así mismo, se podrán otorgar uno o varios de los beneficios mencionados, para las que regionalmente queden como ganadoras.
Anualmente se escogerá la mejor empresa innovadora dentro de las que ocupen el primer lugar en las categorías establecidas en el Premio Colombiano a la Innovación Tecnológica Empresarial para las Mipymes.
Los recursos necesarios para la ejecución anual del Premio Colombiano a la Innovación Tecnológica Empresarial para las Mipymes serán tramitados, mediante la presentación del proyecto respectivo ante el Banco de Proyectos de Inversión Nacional por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la Dirección de Mipymes. El Fomipyme conforme con el artículo 17 de la Ley 590 de 2000, modificada por la Ley 905 de 2004, apoyará al Premio, mediante el establecimiento de una línea estratégica específica orientada, entre otras, a cumplir con lo establecido en el artículo 2º de este decreto.