El servicio de producción agrícola estudia donde se presente, en forma gratuita, las enfermedades que ataquen los cultivos; indicará la manera de combatirlos y suministrará a los campesinos pobres, en cuanto le sea posible hacerlo, los elementos indispensables de saneamiento que no estén al alcance del pequeño cultivador.
Ley 102 de 1946 →Vigente
Artículo 6
Ley 102 de 1946 · sobre fomento agrícola y desarrollo de la colonización de baldíos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.