El que sin ser autor, editor o causahabiente te de éstos, ni representante de alguno de ellos, se atribuya falsamente cualquiera de esas calidades y mediante la acción accesoria que consagran los artículos 108 y 112 de esta ley obtenga que la autoridad suspenda la representación, la ejecución pública licita de una obra, será sanciona, o con prisión de dos a seis meses y multa de doscientos a pesos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.