º . Los empleados de que trata el presente decreto se regirán en materia salarial por las disposiciones del Decreto 1149 de 1978 y el artículo 3º del Decreto 122 de 1988. Una vez sean incorporados a la nueva planta de personal que apruebe el Gobierno Nacional para esta entidad se regirán por las normas generales previstas para los empleados públicos pertenecientes a la Rama Ejecutiva del orden nacional.
Decreto 33 de 1997 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 33 de 1997 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial para los empleos del área técnico-científica del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.