Artículo segundo. Autorizar asimismo, al Municipio, para pignorar en garantía del cumplimiento de las obligaciones que le imponga la negociación, los bienes y rentas que sea necesario, así como las zonas que adquiere para las obras que va a emprender.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.