º. División de Salud Operacional. Son funciones de la División de Salud Operacional
Proponer a la Dirección General de Sanidad Militar, en coordinación con la Dirección de Sanidad de cada una de las Fuerzas Militares, los proyectos especiales tendientes a mejorar el servicio de salud operacional;
Colaborar con la División de Planeación en la elaboración del Anteproyecto del Presupuesto de Inversión y funcionamiento de la Salud Operacional;
Elaborar y controlar la ejecución de los planes de Evacuación y Remisión del personal militar, teniendo en cuenta el sistema de Referencia y Contrarreferencia;
Proponer a la Dirección General de Sanidad Militar los criterios bajo los cuales la Dirección de Sanidad de cada una de las Fuerzas Militares implementarán el sistema de salud, con sujeción a los niveles de atención y grados de complejidad que se definan;
Coordinar con la Dirección de Sanidad de cada una de las Fuerzas Militares la aplicación de las estrategias de enlace que en materia de Salud Operacional requieran las Fuerzas, según los lineamientos trazados por la DGSM;
Asegurar la prestación del servicio de salud asistencial al personal retirado, pensionado y sus beneficiarios en los establecimientos de Sanidad Militar; g). Elaborar y proponer los programas de rehabilitación integral para los afiliados discapacitados, en coordinación con la Dirección de Sanidad de cada una de las Fuerzas Militares y mantener actualizada la información referente a este personal; h) Coordinar con el Sistema General de Seguridad Social en Salud el reconocimiento de los servicios que preste el Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares, que se originen en caso de riesgos catastróficos y accidentes de trabajo; i) Las demás funciones que le sean asignadas por la Dirección General de Sanidad Militar.