°. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 626 de 1966 corresponde a la Corporación Financiera del Transporte el 5% para gastos de control, reconocimiento y pago del subsidio desde la expedición del Decreto 624 de 1966.
Decreto 1071 de 1967 →Vigente
Artículo 5
De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 14 Del Decreto 626 De 1966 Corresponde A La Corporación Financiera Del Transporte El 5% Para Gastos De Control, Reconocimiento Y Pago Del Subsidio Desde La Expedición Del Decreto 624 De 1966
Decreto 1071 de 1967 · Por el cual se modifican las disposiciones sobre subsidio de transporte urbano colectivo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.