Inadmisión de las solicitudes de devolución o compensación. Las solicitudes de devolución o compensación se inadmitirán por alguna de las siguientes causales
Cuando la solicitud se presente sin el lleno de los requisitos formales que exigen las normas pertinentes.
Cuando la Declaración objeto de la solicitud de devolución o compensación presente error aritmético.
Cuando respecto de la mercancía a que se refiere la Declaración objeto de solicitud de la devolución o compensación se hubiere iniciado procedimiento administrativo de que trata el Capítulo XIV del Título XV.
La inadmisión de las solicitudes de devolución o compensación se resolverán mediante auto que deberá proferirse dentro del término de quince (15) días contados a partir de la fecha de radicación de la solicitud.