Micelio

Artículo 28

Los Países Miembros Se Comprometen A Adoptar Todas Las Providencias Que Sean Necesarias Para Incorporar El Presente Instrumento En Sus Respectivos Ordenamientos Jurídicos Internos, Dentro De Los Seis Meses Siguientes A La Aprobación De Esta Decisión

Decreto 222 de 1981 · Por el cual se incorpora al ordenamiento jurídico nacional una norma andina supranacional indirecta

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Países Miembros se comprometen a adoptar todas las providencias que sean necesarias para incorporar el presente instrumento en sus respectivos ordenamientos jurídicos internos, dentro de los seis meses siguientes a la aprobación de esta Decisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 222 de 1981