Micelio

Artículo 1

Apruébase La Reforma Estatutaria De La Previsora S

Decreto 1366 de 1998 · por el cual se aprueba una reforma estatutaria de La Previsora S. A., Compañía de Seguros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Apruébase la reforma estatutaria de La Previsora S. A., Compañía de Seguros, verificada en la reunión de Asamblea General Ordinaria de accionistas celebrada el 31 de marzo de 1998, según consta en el Acta número 049 y contenida en la Resolución 01 de 1998 cuyo texto es el siguiente: RESOLUCION NUMERO 01 DE 1998 por la cual se adopta una reforma estatutaria. La Asamblea General de Accionistas de La Previsora S. A., Compañía de Seguros, en ejercicio de la facultad consagrada en el literal g) del artículo 34 de los Estatutos, RESUELVE: Artículo 1°. Apruébese la siguiente reforma estatutaria: El artículo 39 de los Estatutos Sociales quedará así: Artículo 39. La Junta Directiva se compone de cinco (5) miembros y estará integrada así

a)

El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado;

b)

El Director de la Caja Nacional de Previsión Social o su delegado;

c)

El Presidente del Banco del Estado o su delegado;

d)

Un representante del Instituto de Seguros Sociales o su delegado;

e)

Un delegado de la Asamblea General de Accionistas con su respectivo suplente. Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su aprobación. Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los 31 días del mes de marzo de 1998. (Fdo.) El Presidente, Yaneth Rocío Mantilla. (Fdo.) El Secretario, Germán Córdoba Ordóñez.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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