Micelio

Artículo 8

Decreto 28 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 143 de 1994, en lo concerniente a la organización y el funcionamiento de la Unidad de Planeación Minero-Energética.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Subdirección de Planeación Minera . Son funciones de la Subdirección de Planeación Minera

a)

Elaborar estudios y recomendaciones que permitan la formulación de programas de desarrollo del sector minero nacional, con sujeción a las directrices que imparta el Gobierno Nacional;

b)

Establecer los procedimientos, metodologías y modelos requeridos para planear y evaluar la oferta y demanda de recursos minerales del país, y determinar las prioridades para satisfacer tales requerimientos, de conformidad con el interés nacional;

c)

Establecer la metodología y las actividades necesarias para la elaboración del Plan Nacional Minero, y los planes subsectoriales;

d)

Coordinar con las Dirección General de Minas del Ministerio de Minas y Energía y las entidades del subsector minero, las tareas de evaluación de la ejecución del Plan Nacional Minero y de los planes subsectoriales, y formular las recomendaciones que fueren necesarias para garantizar su cumplimiento;

e)

Las demás que le asigne el Director de la Unidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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