Micelio

Artículo 17

Subdirección De Análisis Del Riesgo Y Respuesta Inmediata En Salud Pública

Decreto 2774 de 2012 · por el cual se establece la estructura interna del Instituto Nacional de Salud - INS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Análisis del Riesgo y Respuesta Inmediata en Salud Pública. Son funciones de la Subdirección de Análisis del Riesgo y Respuesta Inmediata en Salud Pública, las siguientes

1.

Diseñar, implementar y operar sistemas de alerta temprana para identificar y monitorear riesgos y/o amenazas en salud pública conforme al Reglamento Sanitario Internacional.

2.

Orientar y ejecutar Intervenciones de control o mitigación de situaciones de riesgo para la salud pública en emergencias y desastres.

3.

Mantener actualizado el análisis sistemático y continuo de riesgos sanitarios para la prevención y atención de emergencias y desastres en salud pública.

4.

Evaluar y mejorar sistemáticamente las acciones realizadas para la atención de emergencias y desastres en salud pública.

5.

Fomentar y fortalecer el desarrollo de capacidades básicas para la alerta y respuesta de conformidad con el Proceso de Revisión del Reglamento Sanitario Internacional.

6.

Ejecutar, coordinar y controlar, en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social y las entidades competentes, el desarrollo de las políticas, estudios, programas y acciones de evaluación de riesgos de inocuidad de los alimentos.

7.

Administrar y mantener actualizado el Sistema de Vigilancia en Salud Pública.

8.

Suministrar a la Dirección General la información sobre la vigilancia en salud pública, alertas y respuestas ante eventos o riesgos, para que sea comunicada al Ministerio de Salud y Protección Social, en el marco de sus competencias.

9.

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza y competencias de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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