Micelio

Artículo 202

Decreto 1056 de 1953 · Por el cual se expide el Código de Petróleos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los oleoductos de uso privado la fijación y revisión de las tarifas de transporte a que se refieren los artículos 56 y 57 tienen por objeto garantizarle al Gobierno un costo equitativo para el transporte de su propio petróleo en el caso de que quiera hacer uso del derecho de recibir sus regalías en el campo de producción y transportarlas por su cuenta al terminal marítimo del oleoducto, o a otro punto intermedio del oleoducto donde pueda necesitarlas, haciendo uso del derecho de preferencia establecido en el artículo 45, así como para el transporte del petróleo de terceros en el caso contemplado en el artículo 47. Tratándose de oleoductos de uso público, la fijación y revisión tienen el mismo objeto indicado en el inciso anterior, y además el de garantizarles a los explotadores particulares que quieran servirse de tal oleoducto un transporte equitativo de su petróleo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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