Funciones. Corresponde a la División de Servicios Generales desarrollar las funciones enumeradas en los artículos 52 a 58 del Decreto-ley 0550 de 1960 y además las siguientes
Preparar el proyecto de presupuesto para la Superintendencia de Comercio Exterior y someterlo a la revisión del Superintendente para que éste a su vez lo presente al Ministro del ramo para su aprobación, y
Administrar, conforme al presupuesto aprobado, el producto de la venta de los formularios de importación de que tratan el artículo 10 de la Ley 21 de 1963 y el Decreto Reglamentario 2031 del mismo año, cuyo recaudo, corresponde a la Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República.
La administración de los fondos de que trata el aparte b) de este artículo se sujetará a las normas que al efecto expidan el Ministerio de Hacienda y la Contraloría General de la República. H. Comités Asesores y Coordinadores.