° El inciso 4 del Artículo 453 del Código Sustantivo del Trabajo, quedaran así: 4. Los honorarios de los árbitros serán fijados y pagados por el Ministro del Trabajo, por tratarse de personas que ejercen funciones publica. Los honorarios del Secretario del Tribunal Especial de Arbitramento será pagados por las partes y fijados por el Ministerio del Trabajo. La recepción de emolumentos distintos constituye delito sujeto a la sanción penal correspondiente.
Decreto 1292 de 1955 →Vigente
Artículo 1
El Inciso 4 Del Artículo 453 Del Código Sustantivo Del Trabajo, Quedaran Así: 4
Decreto 1292 de 1955 · Por el cual se reforma el inciso 4 del artículo 453 del Código Sustantivo del Trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.