°. Las inspecciones de las Fuerzas Militares y la Inspección General del Comando General de las Fuerzas Militares deberán realizar inspecciones periódicas a las actividades de desminado humanitario realizadas por el componente de las Fuerzas Militares, con el fin de hacer seguimiento a las observaciones realizadas por el organismo de monitoreo y formular las recomendaciones tendientes a fortalecer la efectividad, eficacia y eficiencia de esta actividad.
Artículo 3
Las Inspecciones De Las Fuerzas Militares Y La Inspección General Del Comando General De Las Fuerzas Militares Deberán Realizar Inspecciones Periódicas A Las Actividades De Desminado Humanitario Realizadas Por El Componente De Las Fuerzas Militares, Con El Fin De Hacer Seguimiento A Las Observaciones Realizadas Por El Organismo De Monitoreo Y Formular Las Recomendaciones Tendientes A Fortalecer La Efectividad, Eficacia Y Eficiencia De Esta Actividad
Decreto 7 de 2014 · por el cual se reglamenta el artículo 18 de la Ley 759 de 2002 y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.