Si la decisión del Juez es de lanzamiento, este debe hacerse por el mismo, o por la Policía, dentro de los dos días siguientes.
Decreto 291 de 1957 →Vigente
Artículo 29
Si La Decisión Del Juez Es De Lanzamiento, Este Debe Hacerse Por El Mismo, O Por La Policía, Dentro De Los Dos Días Siguientes
Decreto 291 de 1957 · Junta militar de gobierno- por el cual se dictan normas procedimentales sobre problemas relativos a predios rurales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.