Articulo 6 º. Son funciones de la Junta Directiva, las siguientes
Adoptar los estatutos de la Corporación y determinar su Planta de Personal. Los actos correspondientes requerirán la aprobación del Gobierno Nacional;
Dictar el reglamento interno del organismo y el manual de funciones correspondientes a los distintos empleos de la misma y adoptar, de acuerdo con el Director Ejecutivo, la política administrativa de la Corporación;
Establecer cuáles de los servicios prestados s por la Corporación deberán ser retribuidos por medio de tasas y fijar su cuantía y forma de pago, todo de acuerdo con las disposiciones legales;
Establecer cuáles de las obras que emprenda s la, entidad serán financiadas mediante el sistema de valorización; liquidar el gravamen correspondiente y reglamentar su recaudo, todo de acuerdo con las disposiciones legales; e). Autorizar los actos, contratos, operaciones y negocios de la entidad que por su naturaleza y cuantía requieran de esta formalidad, conforme a la ley o a los estatutos; f). Aprobar el proyecto de presupuesto anual de ingresos, gastos e inversiones y someterlo al trámite posterior para su adopción por el congreso; g). Adoptar planes y proyectos para el desarrollo del área de jurisdicción de la entidad de conformidad con las reglas que prescriba el Departamento Nacional de Planeación; h). Autorizar al Director Ejecutivo para comprometer a la Corporación en obligaciones a corto, mediano y largo plazo y para pignorar sus bienes y rentas, en ejercicio de su objeto social, según lo que al respecto prevean los estatutos; i). Autorizar al Director Ejecutivo para transigir, someter a arbitramento o comprometer diferencias o litigios en que la entidad sea parte, conforme a la ley; j). Inspeccionar la marcha de la entidad y orientar al Director Ejecutivo en el cumplimiento de sus funciones, y k). Darse su propio reglamento.