Micelio

Artículo 3

Decreto 1822 de 1977 · Por el cual se crea Prima Técnica para unos cargos en el Instituto Colombiano de Cultura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero La asignación de prima técnica a las personas que ocupen los cargos a que se refieren los artículos anteriores, se harán por decreto del gobierno mediante el lleno de los requisitos exigidos en las normas pertinentes del decreto 602 de 1977.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1822 de 1977