Micelio

Artículo 76

Corresponde A La División De Control, Desembolsos Y Presupuesto De La Subdirección De Ejecución De La Dirección General De Crédito Público El Ejercicio De Las Siguientes Funciones: A

Decreto 2112 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano Geográfico "Agustín Codazzi".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la División de Control, Desembolsos y Presupuesto de la Subdirección de Ejecución de la Dirección General de Crédito Público el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Elaborar, en coordinación con las entidades correspondientes y dependencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cálculo de los recursos provenientes del crédito interno y externo y producir los informes correspondientes, con destino a su incorporación presupuestal;

b)

Elaborar el programa de desembolsos de los créditos internos y externos contratados por la Nación;

c)

Estudiar y tramitar las solicitudes de desembolso y ordenes de pago con cargo a los recursos disponibles de las operaciones de crédito contratadas por la Nación y orientar a las demás entidades públicas en la materia;

d)

Conceptuar y tramitar la ampliación de plazos para la utilización de recursos provenientes de los préstamos externos y sobre su reasignación y traslado entre las diferentes categorías de inversión;

e)

Elaborar y tramitar, los títulos y documentos de deuda pública que deban emitirse como garantía de préstamos externos contratados por la Nación, en coordinación con la Oficina Jurídica;

f)

Estudiar y coordinar con las entidades y dependencias correspondientes la constitución de las reservas de apropiación de recursos del crédito de la Nación y realizar los trámites para su posterior ejecución;

g)

Ejercer el control sobre la ejecución de los presupuestos de ingresos del crédito público de la Nación y solicitar la expedición de los correspondientes acuerdos de gastos;

h)

Adelantar los estudios que la Dirección General de Crédito Público considere necesarios para la verificación de la correcta aplicación de los recursos provenientes del crédito contratado;

i)

Constatar que las operaciones propias de la División sean registradas en el sistema de información, ejercer la verificación y producir los informes correspondientes;

j)

Las demás que le sean asignadas por el Subdirector de Ejecución, según la naturaleza de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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