°. No se suministrará, con cargo al Tesoro Nacional, gasolina, accesorios, reparaciones, repuestos, ni ningún otro elemento a vehículos que carezcan de la autorización legal correspondiente para su funcionamiento, conforme al presente Decreto.
Decreto 628 de 1963 →Vigente
Artículo 9
No Se Suministrará, Con Cargo Al Tesoro Nacional, Gasolina, Accesorios, Reparaciones, Repuestos, Ni Ningún Otro Elemento A Vehículos Que Carezcan De La Autorización Legal Correspondiente Para Su Funcionamiento, Conforme Al Presente Decreto
Decreto 628 de 1963 · Por el cual se reglamenta la distribución y utilización de los vehículos oficiales de propiedad de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.