Micelio

Artículo 16

Decreto 2709 de 1983 · Por medio del cual se dicta el Estatuto de Valorización de la Corporación para la Reconstrucción y el desarrollo del Departamento del Cauca CRC.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 16 . La aplicación y manejo de la contribución de valorización estarán a cargo del Consejo Directivo de la Corporación, de la Subdirección de Valorización que al efecto se organice en la Corporación de un Comité Asesor de Valorización, y de las dependencias y funcionarios de la Corporación a que expresamente haga referencia este Decreto, de conformidad con las atribuciones y funciones que aquí se establecen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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