El inciso primero del artículo 8º del Decreto 2016 de 1992 quedará así: "ENDEUDAMIENTO DE SOCIEDADES COMISIONISTAS Y SOCIEDADES CALIFICADORAS . Las sociedades comisionistas y sociedades calificadoras de valores sólo podrán adquirir pasivos correspondientes a créditos otorgados por entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria, compras a plazo y bonos convertibles en acciones, esto último sin perjuicio de la facultad prevista en el artículo 5º del Decreto 1172 de 1980 y demás disposiciones legales".
Decreto 2179 de 1992 →Vigente
Artículo 25
El Inciso Primero Del Artículo 8º Del Decreto 2016 De 1992 Quedará Así: "endeudamiento De Sociedades Comisionistas Y Sociedades Calificadoras
Decreto 2179 de 1992 · Por el cual se introducen algunas modificaciones al Estatuto Orgánico del Sistema Financiero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.