Vicepresidencia Financiera. Son funciones de la Vicepresidencia Financiera: Dirigir la ejecución de las políticas y las actividades relacionadas con los procesos contables, de tesorería, presupuesto y de administración financiera de la Empresa. Dirigir y validar la elaboración del Plan Financiero de la Empresa y su articulación con el Plan Estratégico, para garantizar que la misión y los objetivos institucionales se cumplan adecuada y- oportunamente. Dirigir y validar los estudios de análisis de equilibrio financiero de la Empresa, verificando la correspondencia entre la proyección de estados financieros y los presupuestos aprobados por la Junta Directiva para cada vigencia. Orientar el diseño y realización de los estudios para determinar la viabilidad financiera de los productos y servicios de la Empresa. Elaborar informes y análisis que soporten la toma de decisiones por los órganos de dirección y administración de la Empresa, respecto a la adquisición de bienes, la realización de inversiones y la prestación de servicios, conceptuando sobre su viabilidad financiera. Definir y verificar los mecanismos de seguimiento y control de las operaciones financieras de la Empresa. Diseñar los lineamientos del Proyecto de Presupuesto Anual de acuerdo a las políticas fijadas por los órganos de dirección y administración de la Empresa. Dirigir y coordinar la preparación del Proyecto Anual de Presupuesto de la Empresa, teniendo en cuenta el plan anual de compras de la Empresa y la normatividad vigente. Definir y verificar los mecanismos de seguimiento y control de elaboración del presupuesto y ejecución presupuestal de la Empresa. Diseñar y aprobar los lineamientos para garantizar la seguridad de los recursos de la Empresa depositados en el sector financiero, a través del seguimiento de los respectivos contratos o convenios. Diseñar y proponer la celebración de convenios con entidades públicas o privadas del sector financiero, para el recaudo de cartera, el manejo del portafolio de inversiones, y demás actividades requeridas para la administración del portafolio de inversiones de la Empresa. Definir los aspectos técnicos y operativos que deban cumplir las entidades para la celebración de convenios y contratos para el recaudo, inversión y pago de los recursos a cargo de la Empresa. Diseñar y proponer para aprobación las políticas y estrategias para el manejo del portafolio de inversiones de la Empresa. Realizar seguimiento y control de las actividades producto de la compra y venta de los títulos que componen el portafolio de inversiones de la Empresa. Dirigir y validar el Plan Contable de la Empresa de conformidad con las disposiciones legales vigentes respondiendo por los informes ante la Presidencia y los organismos de control y vigilancia del Estado. Dirigir el análisis y preparación de la información respecto de la gestión financiera de activos, pasivos y estado de resultados. Verificar el cumplimiento oportuno del pago de las obligaciones tributarias y las demás que por su carácter financiero realiza la Empresa, así como de la presentación de los respectivos reportes de información. Definir y verificar los mecanismos de seguimiento y control de las operaciones del proceso contable para la elaboración de los estados financieros. Participar en la definición de los procesos de la Empresa, en la gestión de los riesgos y la generación de acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional. Apoyar la formulación de los planes estratégicos y operativos de la Empresa. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Decreto 154 de 2022 →Vigente
Artículo 13
Vicepresidencia Financiera
Decreto 154 de 2022 · por el cual se modifica la estructura del Fondo Nacional del Ahorro Carlos Lleras Restrepo, y se determinan las funciones de sus dependencias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.