Toda calificación será elaborada por uh Oficial de las Fuerzas Militares en actividad. Cuando el personal militar preste sus servicios en dependencias o reparticiones cuyo jefe o superior sea un funcionario civil, se procederá conforme a lo prescrito en los artículos 33, 34, 35 y 36 de este Reglamento.
Decreto 1833 de 1979 →Vigente
Artículo 11
Toda Calificación Será Elaborada Por Uh Oficial De Las Fuerzas Militares En Actividad
Decreto 1833 de 1979 · Por el cual se dictan normas sobre calificación y clasificación para el personal de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.