A Partir De La Ejecutoria De La Sentencia Que Autorice El Levantamiento Del Fuero Sindical O Del Término De Este Fuero Contemplado En La Ley, Quedarán Automáticamente Suprimidos Los Cargos Ocupados Por Servidores Públicos Que Gozan De Fuero Sindical Y Que Se Relacionan A Continuación: No
Decreto 2188 de 2003 · por el cual se modifica la planta de personal del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. A partir de la ejecutoria de la sentencia que autorice el levantamiento del fuero sindical o del término de este fuero contemplado en la ley, quedarán automáticamente suprimidos los cargos ocupados por servidores públicos que gozan de fuero sindical y que se relacionan a continuación: No. De cargos Dependencia y denominación Código Grado 1 (uno) Profesional Especializado 3010 18 1 (uno) Médico Especialista (MT) 3120 17 1 (uno) Odontólogo (MT) 3087 15 1 (uno) Técnico Administrativo 4065 11 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 20
Parágrafo
En defensa de la garantía constituida por el Fuero Sindical, los anteriores cargos se mantendrán temporalmente vigentes en la planta de personal que por este decreto se establece hasta el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente artículo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.