Artículo veinte. De acuerdo con lo establecido por los Decretos Nos. 3135 de 1968, 1848 de 1969 y 1950 de 1973, las personas que prestan sus servicios en el Instituto son empleados públicos. La Junta Directiva determinará qué actividades son susceptibles de contratación laboral, mediante acuerdo que requiere aprobación del Gobierno Nacional y que se incorporará a los Estatutos. CAPITULO VIII. Disposiciones Generales
Decreto 671 de 1975 →Vigente
Artículo 20
Decreto 671 de 1975 · Por el cual se modifica y adiciona el decreto número 707 de 1974
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.