Micelio

Artículo 4

Decreto 18710810 de 1871 · en ejecución de la lei de 10 de mayo de 1871, sobre gastos de personal i material del Congreso.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4.° El lugar de la residencia de un Senador, Representante o Comisario, para el efecto de la liquidacion del viático de venida a la capital, debe comprobarse ante el Presidente o Gobernador del Estado, o Prefecto del Territorio, por certificacion de la primera autoridad política del distrito en que el ciudadano electo tenga su residencia. Para el abono del viático de regreso, dichos Senadores, Representantes o Comisarios presentarán a la Secretaría de lo Interior i Relaciones Esteriores una certificacion jurada, en que conste el lugar de su residencia al tiempo de declararse i comunicarse la eleccion.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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