Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno ,las siguientes
Coordinar a nivel nacional, la función disciplinaria del Banco;
Adelantar la indagación preeliminar e investigar y fallar en primera instancia, sobre los procesos disciplinarios contra los servidores públicos del Banco;
Tramitar los informes y quejas sobre conductas disciplinables de los servidores públicos de la Entidad;
Preparar los informes sobre asuntos disciplinarios requeridos por la Procuraduría General de la Nación, la Fiscalía General de la Nación, la Contraloría General de la República y demás organismos de control;
Llevar el registro de las sanciones disciplinarias impuestas a los servidores públicos del Banco;
Compilar las normas legales, conceptos, jurisprudencia y doctrina relacionados con la actividad disciplinaria y velar por su actualización, difusión y capacitación;
Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la Dependencia;
Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.