Micelio

Artículo 17

Adición Del Artículo 1

Decreto 1468 de 2019 · por el cual se reglamenta el numeral 7 del parágrafo 3° del artículo 437 y los artículos 555-2 y 903 al 916 del Estatuto Tributario, se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, y se adiciona el Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adición del artículo 1.6.1.13.2.52., al Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Adiciónese el artículo 1.6.1.13.2.52., al Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así: “ Artículo 1.6.1.13.2.52. Plazos para pagar el anticipo bimestral del SIMPLE. Los contribuyentes del impuesto unificado de tributación SIMPLE deben pagar cada bimestre el anticipo a título de este impuesto, correspondiente al año gravable 2019, mediante el recibo de pago electrónico del SIMPLE que prescriba la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), el cual se debe presentar de forma obligatoria con independencia que haya saldo a pagar por este concepto y a través de las redes electrónicas y entidades financieras, que determine el Gobierno nacional. Los periodos bimestrales serán: enero-febrero; marzo-abril; mayo-junio; julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre-diciembre. Los vencimientos para la presentación y pago del anticipo bimestral del año 2019 serán los siguientes: Periodo gravable hasta el día enero-febrero de 2019 23 de septiembre de 2019 marzo-abril de 2019 23 de septiembre de 2019 mayo-junio de 2019 23 de septiembre de 2019 julio-agosto de 2019 23 de septiembre de 2019 septiembre-octubre de 2019 18 de noviembre de 2019 noviembre-diciembre de 2019 21 de enero de 2020”

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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