Micelio

Artículo 48

Durante El Transporte Los Mensajeros O Conductores No Pueden Bajo Ningún Pretexto, Llevar Encomiendas U Objetos De Correspondencia Que No Estén Anotados Reglamentariamente En Los Pasaportes Y Planillas

Decreto 85 de 1927 · Por el cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del interior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Durante el transporte los mensajeros o conductores no pueden bajo ningún pretexto, llevar encomiendas u objetos de correspondencia que no estén anotados reglamentariamente en los pasaportes y planillas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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