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Artículo 1

Bonificación Judicial

Decreto 903 de 2023 · Por el cual se modifica el Decreto 471 de 2022

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Bonificación judicial. Ajustar la bonificación judicial creada en el Decreto 383 de 2013 para los servidores de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar a quienes se les aplica el régimen salarial y prestacional establecido en los Decretos 57 y 110 de 1993, 106 de 1994, 43 de 1995 y que vienen rigiéndose por el Decreto 874 de 2012 y las disposiciones que lo modifiquen o sustituyan, que se reconoce mensualmente y constituye únicamente factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

La bonificación judicial se reconocerá a partir del 1° de enero de 2023, se percibirá mensualmente, mientras el servidor público permanezca en el servicio y corresponde al valor que se fija en las siguientes tablas, así:

1.

Para los cargos del Consejo Superior de la Judicatura, la Dirección Ejecuti­va de Administración Judicial, la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, relacionados a continuación, la bonificación judicial será:

DENOMINACIÓN DEL CARGO

MONTODELABONIFICACIÓNJUDICIALA PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023

Jefe de Control Interno

2.888.770

Director Administrativo

2.888.770

Director de Planeación

2.888.770

Director Registro Nacional de Abogados

2.888.770

Director Unidad

2.888.770

Director Administrativo y de Seccional de Administración Judicial

3.475.046

Secretario de Presidencia del Consejo de Estado

3.463.333

Secretario de Sala o Sección

3.463.333

Relator

3.463.333

Contador liquidador de impuestos del Consejo de Estado

4.240.029

Sustanciador del Consejo de Estado

4.240.029

Bibliotecólogo Consejo Superior de la Judicatura, Corte Consti- tucional, Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado

3.891.642

Oficial Mayor

3.801.992

Auxiliar de Magistrado

3.336.651

Auxiliar de Relatoría

3.336.651

Oficinista Judicial

2.252.499

Escribiente

2.252.499

2.

Para los cargos de los Tribunales Judiciales, del Tribunal Superior Militar y de los Consejos Seccionales de la Judicatura, que se relacionan a continuación, la bonificación judicial será:

DENOMINACIÓN DEL CARGO

MONTODELABONIFICACIÓNJUDICIALA PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023

Abogado Asesor

3.463.333

Secretario de Tribunal y Consejo Seccional

3.911.923

Secretario de Tribunal Superior Militar

3.911.923

Relator

3.911.923

Sustanciador

3.336.651

Oficial Mayor

3.336.651

Bibliotecólogo de los Tribunales

3.129.770

Escribiente

2.056.539

3.

Para los cargos de los Juzgados de Circuito, Especializado, Juzgados de Tribunal Penal Militar y Juzgados de Justicia Penal Militar, relacionados a continuación la bonificación judicial, será:

DENOMINACIÓN DEL CARGO

MONTODELABONIFICACIÓNJUDICIALA PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023

Juez Penal del Circuito Especializado

4.815.493

Coordinador de Juzgado Penal del Circuito Especializado

4.815.493

Juez de Dirección o Inspección

4.815.493

Fiscal ante Juez de Dirección o de Inspección

4.815.493

Auditor de Guerra de Dirección o de Inspección

4.782.128

Juez del Circuito

4.215.094

Juez de División o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo o de Policía Metropolitana

4.215.094

Fiscal ante Juez de División o de Fuerza Naval o de Comando Aéreo o de Policía Metropolitana

4.215.094

Auditor de Guerra de División o de Fuerza Naval o de Co- mando Aéreo o de Policía Metropolitana

4.360.869

Juez de Brigada o de Base Aérea o de Grupo Aéreo o de Es- cuela de Formación o de Departamento de Policía

4.527.367

Fiscal ante Juez de Brigada o de Base Aérea, o de Grupo Aé- reo o de Escuela de Formación o Departamento de Policía

4.527.367

Juez de Instrucción Penal Militar

4.527.367

Auditor de Guerra de Brigada, o de Base Aérea, o de Gru- po Aéreo, o de Escuela de Formación o de Departamento de Policía

4.527.367

Asistente Social Grado 1

3.648.497

Secretario

3.239.996

Oficial Mayor o Sustanciador

2.717.825

Asistente Social Grado 2

2.242.607

Escribiente

1.935.604

4.

Para los cargos de los Juzgados Municipales que se relacionan a continuación la bonificación judicial será:

DENOMINACIÓN DEL CARGO

MONTODELABONIFICACIÓNJUDICIALA PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023

Juez Municipal

4.527.367

Secretario

2.975.107

Oficial Mayor

2.237.491

Sustanciador

2.237.491

Escribiente

1.621.139

5.

Para los cargos de Auxiliar Judicial y Citador, la bonificación judicial será:

DENOMINACIÓN DEL CARGO

MONTODELABONIFICACIÓNJUDICIALA PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023

Auxiliar Judicial 01

3.366.564

Auxiliar Judicial 02

3.336.651

Auxiliar Judicial 03

2.742.783

Auxiliar Judicial 04

2.250.141

Auxiliar Judicial 05

2.015.733

Citador 05

1.795.547

Citador 04

1.523.048

Citador 03

1.553.065

6.

Para los cargos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar cuya denomina­ción del cargo no esté señalada en los artículos anteriores, la bonificación judicial será:

GRADO

MONTODELA BONIFICACIÓN JUDICIAL A PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023

1

584.659

2

649.945

3

757.699

4

789.027

5

821.956

6

1.504.130

7

1.913.032

8

1.971.213

9

1.830.795

10

2.015.733

11

2.250.141

12

2.742.783

13

3.075.698

14

3.242.694

15

3.366.564

16

3.681.417

17

3.780.981

18

3.808.576

19

3.952.572

20

3.839.676

21

3.914.810

22

3.827.452

23

3.737.977

24

3.697.756

25

3.671.168

26

4.238.258

27

4.356.932

28

4.200.059

29

4.045.562

30

3.894.460

31

3.733.958

32

3.582.573

33

3.509.140

Parágrafo

Para el año 2023 la bonificación judicial de que trata el presente artículo se ajustó en los términos consagrados en el inciso final del parágrafo del artículo 1° del Decreto 383 de 2013.

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 1°. Bonificación judicial. Ajustar la bonificación judicial creada en el Decreto 383 de 2013 para los servidores de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar a quienes se les aplica el régimen salarial y prestacional establecido en los Decretos 57 y 110 de 1993, 106 de 1994, 43 de 1995 y que vienen rigiéndose por el Decreto 874 de 2012 y las disposiciones que lo modifiquen o sustituyan, que se reconoce mensualmente y constituye únicamente factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

La bonificación judicial se reconocerá a partir del 1° de enero de 2023, se percibirá mensualmente, mientras el servidor público permanezca en el servicio y corresponde al valor que se fija en las siguientes tablas, así:

1.

Para los cargos del Consejo Superior de la Judicatura, la Dirección Ejecuti­va de Administración Judicial, la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, relacionados a continuación, la bonificación judicial será:

DENOMINACIÓN DEL CARGO

MONTODELABONIFICACIÓNJUDICIALA PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023

Jefe de Control Interno

2.888.770

Director Administrativo

2.888.770

Director de Planeación

2.888.770

Director Registro Nacional de Abogados

2.888.770

Director Unidad

2.888.770

Director Administrativo y de Seccional de Administración Judicial

3.475.046

Secretario de Presidencia del Consejo de Estado

3.463.333

Secretario de Sala o Sección

3.463.333

Relator

3.463.333

Contador liquidador de impuestos del Consejo de Estado

4.240.029

Sustanciador del Consejo de Estado

4.240.029

Bibliotecólogo Consejo Superior de la Judicatura, Corte Consti- tucional, Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado

3.891.642

Oficial Mayor

3.801.992

Auxiliar de Magistrado

3.336.651

Auxiliar de Relatoría

3.336.651

Oficinista Judicial

2.252.499

Escribiente

2.252.499

2.

Para los cargos de los Tribunales Judiciales, del Tribunal Superior Militar y de los Consejos Seccionales de la Judicatura, que se relacionan a continuación, la bonificación judicial será:

DENOMINACIÓN DEL CARGO

MONTODELABONIFICACIÓNJUDICIALA PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023

Abogado Asesor

3.463.333

Secretario de Tribunal y Consejo Seccional

3.911.923

Secretario de Tribunal Superior Militar

3.911.923

Relator

3.911.923

Sustanciador

3.336.651

Oficial Mayor

3.336.651

Bibliotecólogo de los Tribunales

3.129.770

Escribiente

2.056.539

3.

Para los cargos de los Juzgados de Circuito, Especializado, Juzgados de Tribunal Penal Militar y Juzgados de Justicia Penal Militar, relacionados a continuación la bonificación judicial, será:

DENOMINACIÓN DEL CARGO

MONTODELABONIFICACIÓNJUDICIALA PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023

Juez Penal del Circuito Especializado

4.815.493

Coordinador de Juzgado Penal del Circuito Especializado

4.815.493

Juez de Dirección o Inspección

4.815.493

Fiscal ante Juez de Dirección o de Inspección

4.815.493

Auditor de Guerra de Dirección o de Inspección

4.782.128

Juez del Circuito

4.215.094

Juez de División o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo o de Policía Metropolitana

4.215.094

Fiscal ante Juez de División o de Fuerza Naval o de Comando Aéreo o de Policía Metropolitana

4.215.094

Auditor de Guerra de División o de Fuerza Naval o de Co- mando Aéreo o de Policía Metropolitana

4.360.869

Juez de Brigada o de Base Aérea o de Grupo Aéreo o de Es- cuela de Formación o de Departamento de Policía

4.527.367

Fiscal ante Juez de Brigada o de Base Aérea, o de Grupo Aé- reo o de Escuela de Formación o Departamento de Policía

4.527.367

Juez de Instrucción Penal Militar

4.527.367

Auditor de Guerra de Brigada, o de Base Aérea, o de Gru- po Aéreo, o de Escuela de Formación o de Departamento de Policía

4.527.367

Asistente Social Grado 1

3.648.497

Secretario

3.239.996

Oficial Mayor o Sustanciador

2.717.825

Asistente Social Grado 2

2.242.607

Escribiente

1.935.604

4.

Para los cargos de los Juzgados Municipales que se relacionan a continuación la bonificación judicial será:

DENOMINACIÓN DEL CARGO

MONTODELABONIFICACIÓNJUDICIALA PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023

Juez Municipal

4.527.367

Secretario

2.975.107

Oficial Mayor

2.237.491

Sustanciador

2.237.491

Escribiente

1.621.139

5.

Para los cargos de Auxiliar Judicial y Citador, la bonificación judicial será:

DENOMINACIÓN DEL CARGO

MONTODELABONIFICACIÓNJUDICIALA PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023

Auxiliar Judicial 01

3.366.564

Auxiliar Judicial 02

3.336.651

Auxiliar Judicial 03

2.742.783

Auxiliar Judicial 04

2.250.141

Auxiliar Judicial 05

2.015.733

Citador 05

1.795.547

Citador 04

1.523.048

Citador 03

1.553.065

6.

Para los cargos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar cuya denomina­ción del cargo no esté señalada en los artículos anteriores, la bonificación judicial será:

GRADO

MONTODELA BONIFICACIÓN JUDICIAL A PAGAR MENSUALMENTE AÑO 2023

1

584.659

2

649.945

3

757.699

4

789.027

5

821.956

6

1.504.130

7

1.913.032

8

1.971.213

9

1.830.795

10

2.015.733

11

2.250.141

12

2.742.783

13

3.075.698

14

3.242.694

15

3.366.564

16

3.681.417

17

3.780.981

18

3.808.576

19

3.952.572

20

3.839.676

21

3.914.810

22

3.827.452

23

3.737.977

24

3.697.756

25

3.671.168

26

4.238.258

27

4.356.932

28

4.200.059

29

4.045.562

30

3.894.460

31

3.733.958

32

3.582.573

33

3.509.140

Parágrafo

Para el año 2023 la bonificación judicial de que trata el presente artículo se ajustó en los términos consagrados en el inciso final del parágrafo del artículo 1° del Decreto 383 de 2013.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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