Micelio

Artículo 7

º Funciones Del Jefe

Decreto 3152 de 1986 · Por el cual se reorganiza la estructura y funciones del Departamento Nacional de Planeación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º FUNCIONES DEL JEFE. La Dirección del Departamento Nacional de Planeación corresponde al Jefe del Departamento, quien tendrá, además de las previstas en el Decreto 1050 de 1968, las siguientes funciones

1.

Dirigir las relaciones del Departamento con el Congreso Nacional, el Presidente de la República, los Ministros del Despacho y los demás funcionarios de la Administración Nacional, Departamental y Municipal, y con las entidades privadas.

2.

Presentar al Presidente de la República y al Consejo Nacional de política Económica y Social las recomendaciones sobre la política económica y social que sirvan de base para la elaboración de los planes y programas de desarrollo.

3.

Presentar al Presidente de la República y al Consejo Nacional de política Económica y Social los planes, programas y proyectos elaborados por el Departamento.

4.

Adelantar en armonía con las funciones propias del Departamento, las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento de los planes, programas y proyectos que hayan sido adoptados.

5.

Promover el fortalecimiento técnico de las Oficinas de Planeación en los Ministerios y demás entidades oficiales y facilitar la asistencia que para su organización y funcionamiento se requieran.

6.

Supervisar y coordinar la elaboración de los estudios para la aprobación o improbación de la inversión extranjera en el país y de la inversión nacional en el exterior e impartir las aprobaciones del caso.

7.

Presentar recomendaciones acerca de las reformas que considere necesario introducir a la estructura de la Administración Pública para asegurar el cumplimiento de los planes y programas de desarrollo.

8.

Dirigir las tareas de la División Especial de Cooperación Técnica Internacional, establecer la coordinación entre ésta, las Direcciones Generales y el Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo -FONADE- y promover la celebración de los acuerdos básicos, convenios y contratos de cooperación técnica extranjera que proyecte celebrar el país con otros países u organismos internacionales.

9.

Asistir a las sesiones del Consejo Nacional de Política Económica y Social-CONPES-, del Consejo de Ministros, del Consejo Directivo de Comercio Exterior, de la Junta Monetaria, del Comité Nacional de Cafeteros y de los demás cuerpos en los que tenga asiento el Departamento Nacional de Planeación.

10.

Delegar en el Subjefe, el Secretario General, los Asesores, los Directores Generales, los Jefes de Unidad, de División Especial, de Oficina, de División y los Coordinadores Regionales de Planificación, la asistencia a Juntas o Consejos Directivos que deba presidir el Jefe del Departamento o de los cuales sea miembro, así como delegar o designar los funcionarios del Departamento que deban asistir a otros Consejos, Comités y cuerpos.

11.

Presentar los informes de labores del Departamento al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

12.

Dirigir las tareas de la Oficina de Prensa del Departamento, autorizar las publicaciones del Departamento y orientar los programas de divulgación.

13.

Asignar a los funcionarios del Departamento la realización de tareas específicas y atención de asuntos, con sujeción a la organización prevista en el presente Decreto. ASESORES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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