Micelio

Artículo 4

º Los Titulares De Visa De Servicio Especial Se Identificarán Dentro Del Territorio Nacional Con El Carnet Que Expida La Dirección General Del Protocolo Del Ministerio De Relaciones Exteriores

Decreto 1546 de 1992 · por el cual se regula la expedición de la visa de servicio especial y se adiciona el Decreto 666 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los titulares de visa de servicio especial se identificarán dentro del territorio nacional con el carnet que expida la Dirección General del Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1546 de 1992