El Consejo Seccional De Adiestramiento Y Formación De Personal De Salud, Ejercerá Las Siguientes Funciones Principales: A) Elaborar El Plan De Formación Y Adiestramiento De Personal De Salud, Según Las Necesidades Del Servicio, De Las Instituciones Docentes Y De Las Entidades De Seguridad Social; B) Proponer Al Consejo Asesor De La Dirección General De Recursos Humanos Del Ministerio De Salud Pública Y A Los Establecimientos Docentes Los Cambios Necesarios Para La Adecuada Formación Y Utilización De Personal De Salud; C) Realizar Estudios Sobre Necesidades Reales De Personal De Salud; D) Colaborar En El Control, Vigilancia Y Cumplimiento De Las Normas Del Estatuto De Personal De Salud
Decreto 350 de 1975 · Por el cual se determina la organización y funcionamiento de los servicios seccionales de salud y de las unidades regionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Consejo Seccional de Adiestramiento y Formación de Personal de Salud, ejercerá las siguientes funciones principales
a)
Elaborar el plan de formación y adiestramiento de personal de salud, según las necesidades del Servicio, de las instituciones docentes y de las entidades de seguridad social;
b)
Proponer al Consejo Asesor de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud Pública y a los establecimientos docentes los cambios necesarios para la adecuada formación y utilización de personal de salud;
c)
Realizar estudios sobre necesidades reales de personal de salud;
d)
Colaborar en el control, vigilancia y cumplimiento de las normas del estatuto de personal de salud.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.