°. El inciso segundo del artículo 11 del Decreto 1165 de 1996, quedará así: "Con excepción de los responsables del régimen simplificado, cuando se adquieran bienes o servicios gravados de los responsables no obligados a facturar, el documento expedido por estos, servirá como soporte para efectos del impuesto sobre las ventas descontable, siempre y cuando en él consten los apellidos y nombre o razón social y NIT del vendedor o de quien presta el servicio, apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios, fecha y valor de la operación, concepto, así como la discriminación del IVA generado en la operación."
Artículo 7
El Inciso Segundo Del Artículo 11 Del Decreto 1165 De 1996, Quedará Así: "con Excepción De Los Responsables Del Régimen Simplificado, Cuando Se Adquieran Bienes O Servicios Gravados De Los Responsables No Obligados A Facturar, El Documento Expedido Por Estos, Servirá Como Soporte Para Efectos Del Impuesto Sobre Las Ventas Descontable, Siempre Y Cuando En Él Consten Los Apellidos Y Nombre O Razón Social Y Nit Del Vendedor O De Quien Presta El Servicio, Apellidos Y Nombre O Razón Social Y Nit Del Adquirente De Los Bienes O Servicios, Fecha Y Valor De La Operación, Concepto, Así Como La Discriminación Del Iva Generado En La Operación
Decreto 1001 de 1997 · por el cual se reglamentan los artículos 616-1, 616-2 el Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.