Micelio

Artículo 1

None El Interés De Los Certificados De Depósito Que Adquieran Los Bancos, De Acuerdo Con Lo Dispuesto Por El Artículo 4none

Decreto 1786 de 1943 · Por el cual se aclara el artículo 5º del Decreto 1148 de 1943

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

none El interés de los certificados de depósito que adquieran los bancos, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 4none. del decreto 1148 de 1943, será de tres por ciento (3%) anual, los demás certificados que se expidan a favor de tales entidades, en los términos del citado decreto 1148, devengaran interés a la tasa del cuatro por ciento (4%) anual. queda así aclarado el artículo 5none. del decreto 1148 de 1943.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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