Los resultados de los exámenes realizados por el Servicio Nacional de Pruebas del ICFES deberán anularse si se presenta fraude, intento de fraude, sustracción del material de examen, suplantación de persona o cuando efectuados los controles de aplicación o calificación, se infiera la ocurrencia de circunstancias irregulares en su desarrollo que afecten su validez.
Decreto 2225 de 1993 →Vigente
Artículo 10
Los Resultados De Los Exámenes Realizados Por El Servicio Nacional De Pruebas Del Icfes Deberán Anularse Si Se Presenta Fraude, Intento De Fraude, Sustracción Del Material De Examen, Suplantación De Persona O Cuando Efectuados Los Controles De Aplicación O Calificación, Se Infiera La Ocurrencia De Circunstancias Irregulares En Su Desarrollo Que Afecten Su Validez
Decreto 2225 de 1993 · por el cual se reglamenta parcialmente el numeral 19 del artículo 3° del Decreto-ley número 1211 del 28 de junio de 1993.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.