Micelio

Artículo 1

Decreto 1942 de 1956 · Por el cual se abren unos créditos adicionales -suplementales y extraordinarios- al Presupuesto de la vigencia fiscal en curso. (Ministerio de Obras Públicas)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación, para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de cinco millones de pesos ($ 5.000.000.00) moneda corriente, que se incorpora con imputación al siguiente numeral:

RECURSOS DEL CREDITO

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1942 de 1956