Micelio

Artículo 3

Requisitos Para Acceder Al Empleo De Emergencia

Ley 1488 de 2011 · por medio de la cual se crea el empleo de emergencia para los damnificados y afectados en zonas declaradas en emergencia económica, social y ecológica o en situación de desastre o calamidad pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las personas que deseen acceder a un empleo de emergencia deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.

Ser mayor de 18 años de edad.

2.

Ser persona damnificada o afectada por los hechos que originaron la respectiva declaratoria de emergencia, económica, social y ecológica o las situaciones de desastre o calamidad pública según los registros oficiales establecidos por el Gobierno Nacional para tal fin o estar registrado en la base del Sisbén y tener un puntaje que lo clasifique en el nivel I o II.

Los demás que el Gobierno Nacional establezca en virtud de la potestad reglamentaria conferida por la presente ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1488 de 2011