El Gobierno dictará las reglamentaciones que fueren necesarias para la cumplida ejecución de esta Ley, así como sobre primas de riesgo de vuelos, sobre carretera técnica del personal de aviación, sobre la formación de la escalafón del arma y sobre inclusión, dentro de las disposiciones sobre Caja de Sueldos de Retiro, de todo el personal técnico de aviación.
Ley 196 de 1936 →Vigente
Artículo 7
Ley 196 de 1936 · Sobre accidentes y seguros del personal técnico de aviación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.