Micelio

Artículo 1

Autorízase Al Instituto Nacional De Los Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente, Inderena, Para Delegar En La Corporación De Defensa De La Meseta De Bucaramanga, Las Funciones A Que Se Refieren Los Numerales 2° Y 3°, Literales A), D), E), F), G) Y H), Del Numeral 3°, Del Artículo 38, Del Decreto-Ley 133 De 1976, Respecto De Los Siguientes Recursos: Aguas, En Cualquiera De Sus Estados, La Tierra Y Los Suelos, La Flora Y La Fauna, Las Pendientes Topográficas Con Potencial Energético Y El Paisaje

Decreto 922 de 1978 · Por el cual se autoriza al INDERENA para delegar algunas de sus funciones en la Corporación de Defensa de la Meseta de Bucaramanga

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorízase al Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, para delegar en la Corporación de Defensa de la Meseta de Bucaramanga, las funciones a que se refieren los numerales 2° y 3°, literales a), d), e), f), g) y h), del numeral 3°, del artículo 38, del Decreto-ley 133 de 1976, respecto de los siguientes recursos: aguas, en cualquiera de sus estados, la tierra y los suelos, la flora y la fauna, las pendientes topográficas con potencial energético y el paisaje.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 922 de 1978