º. La Corporación tendrá las siguientes funciones: a). Promover, elaborar y ejecutar, conjuntamente con las instituciones correspondientes de las Repúblicas del Ecuador y Perú, programas y proyectos de desarrollo e integración de sus respectivas zonas fronterizas, para ser sometidas luego a la aprobación de las autoridades competentes; b). Promover y participar en sociedades de economía mixta, nacionales, binacionales o multinacionales, en asocio con otras entidades nacionales, departamentales, intendenciales, municipales o del sector privado para la ejecución de programas y proyectos de desarrollo regional o integración fronteriza; c). Elaborar, adoptar y ejecutar el Plan de Desarrollo del área de jurisdicción en concordancia con las políticas y directrices de los Planes de Desarrollo Nacional, Regional e Intendencias; d). Formular los mecanismos de coordinación y de ejecución de los planes, programas y proyectos que las entidades gubernamentales de todo orden deban realizar en el territorio de su jurisdicción, ejercer el control y evaluación de los mismos y acordar las prioridades de inversión correspondientes; e). Determinar los usos, destino y reservas de tierra, aguas y bosques con el propósito de ordenar y regular el uso racional de los recursos naturales y la protección del medio ambiente y de fomentar los desarrollos urbanos, agropecuarios, de colonización, de reforestación, pesqueros, industriales, recreacionales, turísticos y mineros y la explotación de los recursos en armonía con la preservación y utilización adecuada del medio ambiente; f). Reglamentar, administrar, conservar, manejar y fomentar los recursos naturales renovables y del medio ambiente y aplicar el Código de los Recursos Naturales y Protección del Medio Ambiente; g). Asesorar la Intendencia y a los municipios en el territorio de su jurisdicción para su fortalecimiento administrativo, operativo y técnico, en la elaboración de sus planes de desarrollo; y en las gestiones que deban adelantar ante otras entidades públicas y/o privadas para su ejecución; h). Promover el mejoramiento de los sistemas de comunicación, transporte, electrificación, acueducto alcantarillado y saneamiento am b iental: i). Promover y ejecutar obras de adecuación de tierras, drenaje y control de inundaciones; j). Administrar con sujeción al Código de Recursos Naturales Renovables y Protección del Medio Ambiente, las aguas de uso público en el área de su jurisdicción, para lo cual podrá conceder, reglamentar, suspender o regularizar el uso de las aguas superficiales o subterráneas, así como también otorgar los permisos para explotar los bosques y los lechos de los ríos, todo dentro de las disposiciones legales vigentes; k). Ejercer el control sobre la contaminación de las aguas y del medio ambiente, y adoptar la reglamentación y control correspondiente; promover y participar en soluciones técnicas para la disposición de desechos sólidos; l). Promover y llevar a cabo acciones de manejo integral de cuencas hidrográficas incluyendo las aguas superficiales y subterráneas; m). Señalar órdenes de prelación en el uso de las aguas atendiendo primordialmente a las necesidades domésticas y fijar turnos o cuotas; n). Promover y ejecutar programas de forestación; o). Realizar campañas educativas de promoción de la comunidad, de capacitación técnica, de desarrollo agropecuario y agroindustrial y de conservación de los recursos naturales, en coordinación con las entidades legalmente competentes; p). Realizar directamente o por asociación el aprovechamiento de los recursos naturales renovables y realizar actividades relacionadas con la producción, transformación, procesamiento, elaboración y comercialización de sus productos cuando se considere conveniente para el adecuado manejo del recurso; q). Regular la explotación, exploración y procesamiento de materiales provenientes de cantera, areneras, receberas y similares, así como las industrias de lavado y selección de agregados, con el fin de proteger los recursos naturales renovables; r). Promover programas de exploración de los recursos naturales no renovables en asocio con las entidades gubernamentales competentes; rr). Promover acciones de navegación fluvial y de mantenimiento de vías fluviales; s). Participar en la organización o fortalecimiento de entidades descentralizadas destinadas a mejoras la prestación de servicios públicos, la ejecución de proyectos socio-económicos y a fomentar el desarrollo de la región; t). Realizar programas en la cuenca alta del río Caquetá en coordinación con las entidades legal-mente competentes; u). Promover la generación de energía con sistemas no convencionales de energía; v). Determinar los programas de vibras de la Corporación que deben realizarse por el sistema de valorización de acuerdo con las normas legales vigentes; w). Determinar y cobrar tasas y tarifas por los servicios que preste; x) Ejercer las funciones que otras entídad públicas le deleguen. Parágafo. La competencia en materia de recursos naturales renovables de que trata este articulo será asumida por la Corporación en forma gradual dentro de los tres (3) años siguientes a la fecha de vigencia del presente Decreto. Para estos efectos, la Corporación comunicará al INDERE'NA la deci sión de asumir gradualmente la competencia y señalará en forma precisa las fechas de asunción de las distintas materias comprendidas por la competencia en materia de recursos naturales renovables. Transcurrido el lapso de tres (3) años se entenderá que la competencia se encuentra plenamente radicada en la Corporación.
Decreto 3451 de 1983 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 3451 de 1983 · Por el cual se crea la Corporación Autónoma Regional del Putumayo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.